DIRECCIÓN
DE OBRAS
Dirección de obras es una unidad asesora y operativa en materias relativas al Plan Regulador Comunal, permisos de edificación, a tareas de inspección, ejecución de proyectos de inversión regional del municipio y prevención del deterioro ambiental. Es también una unidad resolutiva, en materias que la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Construcciones y Urbanización entreguen exclusivamente a su competencia y decisión.
Dicha unidad tiene las siguientes funciones:
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Velar por el buen cumplimiento de las disposiciones de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, del Plan Regulador Comunal y de las Ordenanzas correspondientes, para cuyo efecto gozará de las siguientes atribuciones específicas:
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Aprobar las subdivisiones de predios urbanos y urbano – rurales.
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Aprobar los proyectos de obras de urbanización y de construcción.
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Otorgar los permisos de edificación de las obras señaladas en el punto anterior
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Fiscalizar la ejecución de dichas obras hasta el momento de su recepción
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Recibirse de las obras ya citadas y autorizar su uso
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Fiscalizar las obras en uso, a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan.
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Aplicar las normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización.
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Confeccionar y mantener actualizado el catastro de las obras de urbanización y edificación realizadas en la comuna.
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Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural.
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Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o a través de terceros
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En general, aplicar las normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna.
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Formular respuestas cotidianas a las más diversas necesidades por parte de la comunidad local
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Llevar el archivo de todos los planos oficiales de la comuna, como planos seccionales, loteos, subdivisiones, además de las carpetas de los Permisos de Edificación ya otorgados
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Ejercer la supervisión jerárquica en lo administrativo y de funcionamiento de las siguientes unidades de su dependencia:
Edificación:
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Dar aprobación y otorgar los permisos de edificación, obras menores, cambios de destino, anteproyectos de edificación de las obras de construcción
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Recibir las obras y autorizar su uso
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Aplicar normas legales sobre construcción y urbanización en la comuna
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Velar por la aplicación del plan regulador de la comuna
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Responder a las consultas de carácter técnico efectuadas por el público sobre exigencias legales y reglamentarias para construir y urbanizar
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Determinar derechos e impuestos varios por la ejecución de obras de edificación
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Elaborar y llevar registros clasificados de los expedientes de obras
Urbanismo:
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Dar aprobación y otorgar los permisos de subdivisiones y fusiones de predios urbanos y rurales, cautelando su estricta concordancia con las disposiciones del plan regulador y su ordenanza local
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Dar aprobación y otorgar los permisos de urbanización y loteos de predios urbanos y rurales, cautelando su estricta concordancia con las disposiciones del plan regulador y su ordenanza local
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Aplicar las normas ambientales relacionadas con obras de construcción y urbanización, sobre todo las destinadas a prevenir el deterioro ambiental
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Aplicar e informar normas legales sobre urbanismo en la comuna a través de la emisión de los certificados
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Velar por la aplicación del plan regulador de la comuna
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Responder a las consultas de carácter técnico efectuadas por el público sobre exigencias legales y reglamentarias para construir y urbanizar
Fiscalización:
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Fiscalizar la ejecución de las obras hasta su recepción
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Fiscalizar las obras en uso a fin de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que las rijan
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Dirigir las construcciones que sean de responsabilidad municipal, sean ejecutadas directamente o terceros
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Ejecutar medidas relacionadas con la vialidad urbana y rural
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Emitir informes de zonificación de patentes comerciales e industriales, verificando mediante visitas a terreno
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Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas para todo tipo de obras según lo dispuesto en la ley general de urbanismo y construcciones, y su ordenanza, plano oficial de urbanización, planos seccionales, ordenanzas locales y otros instrumentos que permitan llevar a cabo la inspección en la mejor forma
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Observar en terreno el cumplimiento de la ocupación de bienes nacionales de uso público en cuanto que hayan solicitado el correspondiente permiso, proponiendo las sanciones que correspondan si hubiera trasgresión a las ordenanzas locales
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Cursar las citaciones al juzgado de policía local
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Coordinar con otras unidades las actividades de inspección
ROLES DE AVALÚOS
REAVALÚOS AGRÍCOLA Y NO AGRÍCOLA
Roles de Avalúo 2020, de Bienes Raíces Agrícolas, y No Agrícolas que correspondan a sitios no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, ubicados en áreas urbanas. Según Oficio Ord. N°696 del SII y Art 6° Ley 17.235, sobre Impuesto Territorial.